COMERCIALIZACION DE LA COSECHA DE TRIGO ZAFRA 1975 - 1976




Promulgación: 12/12/1975
Publicación: 19/12/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 1662
Referencias a toda la norma

Artículo 24

Las plantas industriales molineras, habilitadas como depositarios,
percibirán únicamente las tarifas establecidas en los incisos b) y c) del
artículo 22, sobre las partidas de trigo recibidas de productores para el
Ministerio de Agricultura y Pesca teniendo todas las responsabilidades
inherentes a los depositarios habilitados.
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