VISTO: la importancia estratégica que tiene la construcción y
mantenimiento de las vías de comunicación terrestre de la República como
factor de desarrollo económico y social.-
RESULTANDO: que el Poder Ejecutivo, por Resolución de 2 de marzo de 2009
aprobó el convenio suscrito entre Las Garzas Blancas S.A., el Ministerio
de Transporte y Obras Públicas y las Intendencias Municipales de Rocha y
Maldonado, a través del cual dicha empresa asume los costos de
construcción del puente sobre la Laguna Garzón y sus accesos, aceptando
que el mismo quede por el modo accesión dentro del dominio del Estado,
como bien nacional de uso público.-
CONSIDERANDO: conveniente otorgar determinados beneficios tributarios que
promuevan la ejecución de la inversión en la referida obra.-
ATENTO: a las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo por el Decreto-Ley
N° 14.178, de 28 de marzo de 1974 y por la Ley N° 16.906, de 7 de enero de
1998 y a que se cuenta con el dictamen favorable de la COMAP.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Declárase promovida de acuerdo a lo dispuesto por el inciso segundo
artículo 11 de la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998, la actividad de
construcción de vías terrestres de comunicación realizadas por empresas
del sector privado y autorizadas por el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas, siempre que pasen a integrar el dominio del Estado como bien
nacional de uso público.-