REGLAMENTACION AL REGISTRO DE LA CUENTA PERSONAL A TRABAJADORES DEPENDIENTES Y NO DEPENDIENTES. REGLAMENTACION AL REGISTRO DE EMPRESAS Y CONTRIBUYENTES
(Asignación de jubilación por incapacidad física). A partir del 1º de
mayo de 1994, la asignación de jubilación por incapacidad física, será de
65% (sesenta y cinco por ciento) del sueldo básico jubilatorio.
Se encuentran exceptuados de esta modificación los afiliados que
hayan configurado la causal con anterioridad a la fecha indicada en el
apartado anterior, cualquiera sea la fecha en que se produzca la
desvinculación.