REGLAMENTACION AL REGISTRO DE LA CUENTA PERSONAL A TRABAJADORES DEPENDIENTES Y NO DEPENDIENTES. REGLAMENTACION AL REGISTRO DE EMPRESAS Y CONTRIBUYENTES




Promulgación: 03/03/1994
Publicación: 11/03/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 290

TITULO I - DEL REGISTRO DE LA CUENTA PERSONAL

Artículo 3

 (Responsabilidad de la empresa). Las empresas serán responsables ante el
Banco de Previsión Social por los errores en que éste pudiera incurrir a
causa de omisiones o información inexacta suministrada por las mismas.
 El Banco tendrá acción ejecutiva para el reintegro de los pagos indebidos
que haya efectuado (Ley Nº 16.105, de 23 de enero de 1990, artículo 4).
Ayuda