Prorrógase por el período comprendido entre el 1° de abril de 2014 y el
31 de marzo de 2015, la exoneración del Impuesto al Valor Agregado a las
enajenaciones de carne de cerdo con hueso establecida en el artículo 2°
del Decreto N° 126/013 de 24 de abril de 2013, con el mismo alcance
establecido en el artículo 2° del Decreto N° 528/007 de 27 de diciembre de
2007.
(*)Notas:
Ver vigencia: Decreto Nº 114/015 de 27/04/2015 artículo 2.