En el Diario Oficial Nº 25432 del día 31 de diciembre último se publicó
el decreto de fecha 29 de diciembre de 1999, en el que se fijan las tasas
globales arancelarias a regir desde el 1º de enero de 2000.
En la publicación del Anexo II del mencionado decreto, en el original se
omitió incluir las notas correspondientes a la lista básica de
excepciones al arancel externo común, las que se detallan a
continuación:
NOTAS - LISTA BASICA DE EXCEPCIONES
2 Excepto apto para uso alimentario
3 Exclusivamente de uso veterinario registrados en el MGAP
4 Exclusivamente de uso veterinario registrados en el MGAP
5 Exclusivamente de uso veterinario registrados en el MGAP
6 Exclusivamente de uso veterinario registrados en el MGAP
7 Exclusivamente de uso veterinario registrados en el MGAP
8 Exclusivamente de uso veterinario registrados en el MGAP
9 Exclusivamente de uso veterinario registrados en el MGAP
10 Exclusivamente de uso veterinario registrados en el MGAP
11 Exclusivamente de uso veterinario registrados en el MGAP
12 Exclusivamente de uso veterinario registrados en el MGAP
13 Exclusivamente de uso veterinario registrados en el MGAP
14 Excepto a base de compuestos fosforados, halogenados o azufrados
15 Exclusivamente de polipropileno biaxialmente orientado revestido
con acrílico o PVDC o ambos, sin impresiones gráficas
16 Exclusivamente sin trabajar en la superficie
17 Exclusivamente películas
18 Exclusivamente "Preformas" para soplado de botellas
19 Exclusivamente papel filtro de hasta 30 g/m2 en rollos del tipo de
los utilizados en la confección de saquitos para envasar té
20 Exclusivamente cartulina cromo de gramaje igual o superior a
250 g/m2
21 Exclusivamente hilados poliester entre 90 y 110 deniers, de 24 a
36 filamentos, torsión "Z" mayor a 450 vueltas/m
22 Exclusivamente para la elaboración de filtros para cigarrillos
23 Exclusivamente tejidos entre 170 y 220 g/m2, de hilados de
filamentos de poliamida y de hilado de elastómero, con un
contenido de hilado de filamento de poliamida superior o igual a
80% en peso y de hilado de elastómero superior o igual al 10% en
peso
24 Exclusivamente tejidos fabricados con hilados de poliesteres de
tenacidad superior a 45 cN/tex y encogimiento residual máximo de
5% a 180º C con inserción de hilados superpuestos en ángulo recto
25 Exclusivamente de espesor inferior a 3 mm y con un límite de
elasticidad superior o igual a 275 MPa
26 Exclusivamente con límite de elasticidad inferior a 275 MPa
27 Exclusivamente con límite de elasticidad inferior a 275 MPa
28 Excepto revestidos de aleación de aluminio y cinc con un contenido
de cinc en el revestimiento superior a 20%
29 Exclusivamente incorporadas a discos de calentamiento para cocinas