En el número 14736 (2 de febrero), se publicó una ley que comete a los Jueces de Paz las funciones que desempeñaban los Jueces de Distrito, que apareció con un error, deslizado en la copia enviada por el Ministerio de Instrucción Pública y Previsió Social a "Diario Oficial".
Donde dice: "Los Jueces de Paz de Montevideo, y de su Departamento, los de las Capitales y demás Departamentos..."; debe decir: "Los Jueces de Paz de Montevideo, y de su Departamento, los de las Capitales de los demás Departamentos...".
Queda hecha la salvedad.