En el número 14.747 (17 de febrero) se publicó la ley que aprueba la Rendición de Cuentas en la que se deslizó un error, en el artículo 11, imputable al taller impresor.
Donde dice: "El Tribunal de lo Contencioso Administrativo antes de dictar resolución oír a la Dirección del Estatuto del Funcionario", debe decir: "El Tribunal de Constancioso Administrativo antes de dictar resolución oirá al Directorio del Estatuto del Funcionario".
Queda hecha la salvedad.