En el ejemplar de 4 de diciembre, en el numeral 1, se publicó un decreto del 10 de noviembre, referente a la inclusión del Sulfato de alúmina en la lista de importación de tercera categoría, que apareció con
una omisión imputable a la copia enviada a "Diario Oficial". En el artículo 1.o, tercera línea, donde dice: "Exportaciones", debió decir: "Exportaciones e Importaciones". Esta omisión se reproduce en el
"Registro Nacional de Leyes", página 1207, por estar totalmente impreso el tomo en la fecha que se comunicó la corrección.
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En el ejemplar de 29 de diciembre, numeral 10, se publicó una ley de
15 de diciembre de 1959, por la que se autoriza al Banco de la República
a acordar préstamos a obreros metalúrgicos, que apareció con un error. En
el artículo 1.o, quinta línea, donde dice: "17", debió decir: "18". Este error es imputable a la corrección del taller impresor y no aparece en el
"Registro Nacional de Leyes".
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En el ejemplar de 21 de diciembre, numeral 1, se publicó la ley sobre Reforma Cambiaria y Monetaria, de 17 de diciembre de 1959, que también apareció con una omisión, imputable a la copia enviada a "Diario
Oficial". En el artículo 14, última línea, donde dice: "de capital",
debió decir: "de su capital". Esta omisión se reproduce en el "Registro Nacional de Leyes", página 1384, por la razón arriba expresada.
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En el ejemplar de 25 de enero de 1960, numeral 10, se publicó un decreto del 30 de diciembre sobre detracciones a la exportación de cueros, en que apareció un importante error, imputable a la copia defectuosa enviada a "Diario Oficial". En el artículo 2.o, inciso B) donde dice: "hasta 1.000 gramos por pieza", debió decir: "hasta 1.800 gramos por pieza". Este error también aparece en el Registro Nacional de Leyes", página 1479, por cuanto estaba totalmente impreso a la fecha de recibo de estas correcciones (24 de febrero de 1960)
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Quedan hechas las salvedades.