Fecha de Publicación: 31/03/1960
Página: 622-A
Carilla: 2

FE DE ERRATAS

   En el ejemplar de 18 de enero, numeral 4, se publicó la ley sobre Rendición de Cuentas, que apareció con un error, imputable a la Corrección del taller impresor.

   En el artículo 36, donde dice: "Prohíbese a los escribanos autorizar escrituras de enajenación de gravámenes reales ....", debió decir: "Prohíbese a los escribanos autorizar escrituras de enajenación o de gravámenes reales ...".
   En el "Registro N. de Leyes" de 1959, página 1494, el texto apareció correctamente.

   Queda hecha la salvedad.


		
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