En el "Diario Oficial" de fecha 29 de junio de 1961, se publicó en la
página 509-A, una resolución del Ministerio de Hacienda, por la cual se efectúan promociones en la Contaduría General de la Nación, en cuya publicación se padeció un error imputable a la Imprenta Nacional.
En la parte resolutiva, 2da. columna, donde dice: "Para los cargos de
Jefe de División, Cód. Ab, Cat. I Gdo. 16 al los señores Jorge H. Hughes
y Jaime J. Roca.", debió decir: "Para los cargos de Pro-Secretarios de la
Dirección General, Cód. Ab, Cat. I, Grado 16, a los señores Jorge A. Hughes y Jaime A. Roca."
En el "Diario Oficial" de fecha 30 de junio de 1961, se publicó una
ley por la que se sirve a los jubilados y pensionistas de la Caja de Jubilaciones Bancarias, una paga extraordinaria en el mes de diciembre
de cada año, en cuya publicación se padecieron algunos errores imputables a la copia enviada a "Diario Oficial".
En el Artículo 8.o Inciso A) donde dice: "Con una contribución del Fondo común jubilatorio, equivalente al 3 % mensual...", debió decir: "A)
Con una contribución del Fondo común jubilatorio de hasta el 3 % mensual del presupuesto de pasividades a cargo de la Caja de Jubilaciones Bancarias:
El Inc. B) debe decir: "B) Con el aporte de hasta el 3 % mensual sobre las jubilaciones y pensiones a cargo de los afiliados en pasividad;
El Inc. C) debe decir: "C) con la contribución de hasta el 1/2 % mensual sobre los sueldos y jornales de los afiliados activo, etc..."
En el Inc. D) se omitió el párrafo siguiente: "... un Consejo
Honorario fijará en cada ejercicio las contribuciones que correspondan, dentro de los porcentajes máximos previstos en los incisos precedentes.
En el Art. 10, 4ta. línea donde dice: "... ejercicio queda fijado el período...", debió decir: "... ejercicio queda fijado en el período...".
En el Art. 13., 3ra. línea donde dice: "... una paga igual a la de 1960..." debió decir: "... una paga extraordinaria de fin de año igual a la de 1960...".
Quedan hechas las salvedades.