En el "Diario Oficial" de fecha 9 de junio de 1967, se publicó en el numeral 1, el decreto 348/967, por el que se establecen normas para el ingreso, calificación y ascenso, del personal de las Jefaturas de Policía
del Interior, en cuya publicación se deslizó el siguiente error: En el
Artículo 13, donde dice: "...apartados A) numeral 3) y B) numeral 3)..."
debe decir: "...Apartados A) numeral 2 y B) numeral 2...".
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En el "Diario Oficial" de fecha 20 de junio de 1967, se publicó en el numeral 8, el decreto 362/967, por el que se determinan los cometidos de las Contadurías Centrales Ministeriales, en cuya publicación se deslizó
el siguiente error: en el Artículo 5.o, línea 7.a donde dice: "...comprobantes de la Tesorería General..." debe decir: "...comprobantes
a la Tesorería General..."
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En el "Diario Oficial" de fecha 26 de junio de 1967, se publicó en el numeral 3, el decreto 370/967, por el que se reglamentan las funciones y
actividades que corresponden al Ministerio de Hacienda. En dicha publicación se padecieron las siguientes omisiones y transposiciones de líneas: En el Artículo 21, el Inciso a) debe decir: "a) se planteen graves
y complejas disidencias jurídicas, para cuya dilucidación el Ministro lo
exija, precisando los puntos a estudio de la Sala".
En el artículo 22, se omitió la publicación del Inciso a) que debe decir:
"a) Asesorar en la materia al Ministro y al Subsecretario".
En el artículo 10, Inciso h) donde dice:
"...Suscribir o iniciar..." debe decir: "... suscribir o inicialar...".
En el artículo 13, donde dice: "Actuar como Secretario..." debe decir: "Actuará como Secretario...".
En el artículo 24, Inciso n) donde dice: "...Divisiones, Departamentales,
y Sectores..." debe decir: "...Divisiones, Departamentos y Sectores..."
Quedan hechas las salvedades.