Fecha de Publicación: 08/01/1973
Página: 61-A
Carilla: 1

FE DE ERRATAS

   En el "Diario Oficial" de fecha 13 de diciembre de 1972, se publicó en el numeral 4, el decreto 765/972, por el que se modifica una disposición del decreto 416/972, por el que se comete al Banco Hipotecario la adjudicación de viviendas y locales financiados con recursos del Fondo Nacional de Viviendas. En dicha publicación se padecieron los siguientes errores: en el artículo 1.o numeral A, donde dice: "cuyo valor de tasación no supere las 60 Unidades Reajustables", debe decir: "cuyo valor de tasación no supere las 600 Unidades Reajustables". En el mismo artículo numeral C in fine, donde dice: "en un plazo no superior a los 2 (dos) años" debe decir: "en un plazo no inferior a los 2 (dos) años". En el mismo artículo numeral D), donde dice: "núcleo familiar sea inferior a los 60 (sesenta) Unidades Reajustables", debe decir: "núcleo familiar sea superior a las 60 (sesenta) Unidades Reajustables". En el mismo artículo, numeral D), infine donde dice: "un plazo de hasta 15 (quince) años" debe decir: "un plazo de hasta 25 (veinticinco) años.

   Quedan hechas las salvedades.


		
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