En el "Diario Oficial" de fecha 25 de enero de 1973, se publicó en el numeral 6, la ley N.o 14.104 por la que se sustituye una disposición de la ley N.o 13.728 y se crean nuevos recursos para el Fondo Nacional de Vivienda. En dicha publicación se deslizaron los siguientes errores:
1) En el Capítulo I, "Del sistema financiero de Vivienda", en el artículo 1.o, donde dice: "a)" para indicar el inciso, debe decir: "A')".
2) En el artículo 2.o, donde dice: "en los apartados A) y a)", debe decir: " en los apartados A) y A')"
3) En el artículo 2.o, inciso d), donde dice: "la contribución establecida en el inciso A')".
4) en el artículo 2.o, inciso j), donde dice: "Incisos A) y a')", debe decir: "incisos A) y A')".
5) En el artículo 4.o, al transcribirse el inciso A) del artículo 87 de la ley N.o 13.728, donde dice: "a que hacen referencia los incisos A) y a) del artículo 81", debe decir: "a que hacen referencia los incisos A) y A') del artículo 81".
6) En el artículo 5.o modificativo del artículo 88 de la ley N.o 13.728 de 17 de diciembre de 1968, donde dice: "... los incisos A), a'), G) y L) del artículo 81", debe decir: "... los incisos A) A'), G) y L) del artículo 81".
7 En el Capítulo III, "Disposiciones Transitorias" en el artículo 13, donde dice: "A los efectos de lo establecido en el apartado B) del artículo 2.o", debe decir: "A los efectos de lo establecido en el apartado b) del artículo 2.o".
8) En el mismo artículo 13, donde dice: " ...fíjase para el año 1971...", debe decir: "... fijase para el año 1973".
9) En el artículo 14, en el 2.o inciso donde dice: "... en el apartado G) del artículo 2.o de la presente ley ..." debe decir: "... en el apartado g) del artículo 2.o de la presente ley ".
-Quedan hechas las salvedades.