En el "Diario Oficial" de fecha 10 de octubre de 1973, se publicó en el numeral 6, el decreto N.o 839/973, por el que se modifican normas que regulan la exportación de lanas. En dicha publicación se padeció el siguiente error: en el artículo 5.o donde dice: "Art. 5.o Créase una Comisión Especial que funcionará en el Banco Central del Uruguay, integrada por un delegado de los Ministerios de Ganadería y Agricultura e Industria y Comercio y un delegado de la Comisión Especial de Prevención y Represión de "Ilícitos Económicos", debe decir: "Art. 5.o Créase una Comisión Especial que funcionará en el Banco Central del Uruguay, integrada por un delegado de dicho organismo que la presidirá, por los delegados de los Ministerios de Ganadería y Aricultura e Industria y Comercio y un delegado de la Comisión Especial de Prevención y Represión de "Ilícitos Económicos".
Queda hecha la salvedad.