En el "Diario Oficial" de fecha 14 de agosto de 1975, se publicó la ley 14.412, que establece nuevas normas sobre Cheques. En dicha publicación se padecieron los siguientes errores:
En el artículo 9.o, donde dice: "El cheque puede ser a la orden...", debe decir: "El cheque no puede ser a la orden...".
En el artículo 18, donde dice: "Los librados anotarán en los talones...". debe decir: "Los libradores anotarán en los talones...".
En el artículo 48 se omitió el siguiente texto: "El cheque con cruzamiento especial solamente podrá ser pagado al Banco designado en el cruzamiento o a otro Banco que éste designare".
En el artículo 73, donde dice: "No podrá medar un plazo mayor..." debe decir: "No podrá mediar un plazo mayor...".