En el "Diario Oficial" de fecha 2 de enero de 1976, en la publicación del decreto 982/975 sobre el Reglamento Orgánico de la Dirección General Impositiva, se padecieron los siguientes errores:
Art. 5.o, donde dice:
"A) Dirección de Recaudación
II) Atribuciones
-Otorgar certificaciones en general, vincudadas ..." debe decir: "vinculadas".
Art. 7.o donde dice:
"Dirección Técnico Fiscal
Unidades
-Gestión de cobro"; debe decir: "Asesoría Letrada".
Art. 7.o, donde dice:
"Dirección de Fiscalización
Unidades
-Asesoría Letrada, Técnico Profesional AaA 4) (Profesional Universitario: Contador Público"; debe decir: "Auditoría, Técnico Profesional AaA 4) (Profesional Universitario: Contador Público)".
-Quedan hechas las salvedades.