En el "Diario Oficial" de fecha 4 de agosto de 1976, se publicó el decreto 476/976 por el que se modifican disposiciones referentes a tabacos, cigarros y cigarrillos.
En dicha publicación se padeció el siguiente error:
En el artículo 2.o, última línea, donde dice: "...1,2 para tabacos destinados a departamentos de frontera..." debe decir: "...2,2 para tabacos destinados a departamentos de frontera..."
Queda hecha la salvedad.