En el "Diario Oficial" de fecha 16 de febrero de 1977, se publicó una
resolución por la que, se fijan reintegros a la exportación de cueros
bovinos, componentes para cinturones, etc. En dicha publicación se
padeció el siguiente error: en el numeral 6.o, línea 6.a, donde dice:
"... 1.o de noviembre de 1976...", debe decir: "...12 de noviembre de
1976...".
En el ejemplar de fecha 23 de febrero de 1977, se publicó una
resolución fijado reintegros a la exportación de Yeso Silicato de Sodio, etc.
En esta publicación se deslizó el siguiente error: en el numeral 3.o
línea 6.a, donde dice: "...23 de noviembre de 1973...", debe decir:
"...23 de noviembre de 1976...".
En el mismo ejemplar, se publicó el decreto 83/977, sobre exportación
de sebos y grasas. En el Resultando II). 3.a línea, donde dice:
"...primeras por cuanto...", debe decir: "...primas por cuanto...".
En el "Diario Oficial" de fecha 1.o de marzo de 1977 se publicó el
decreto 99/977, por el que se autoriza el desplume del ñandu.
En dicha publicación se padeció el siguiente error: en el artículo 6.o
línea 4.a, donde dice: "...de 14 de mayo de 1973...", debe decir: "... de
14 de marzo de 1973...".
En el "Diario Oficial" de fecha 8 de marzo de 1977, se publicó el decreto 116/977, donde se reglamenta el Impuesto Aduanero Unico a la Importación, padeciéndose el siguiente error:
Al final del Artículo 30, donde dice: "...Los interesados podrán en
tal caso presentar la correspondiente denuncia de importación..." debe
decir: "...los interesados podrán en tal caso presentar el
correspondiente permiso de despacho...".
Este error es imputable al original.
Quedan hechas las salvedades.