Fecha de Publicación: 13/06/1978
Página: 590-A
Carilla: 2

FE DE ERRATAS

  En el "Diario Oficial" de fecha 5 de junio de 1978, se publicó la ley 14.786, donde se aprueba el Convenio referente a daños causados a terceros en la superficie, por aeronaves extranjeras padeciéndose el siguiente error imputable al taller impresor:

  En el artículo 15 característica a) se repitieron dos líneas, debe decir: ..."el asegurador tenga su domicilio o la sede principal de sus negocios y cuya sovencia haya sido comprobada por el esado respectivo."...

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  En el "Diario Oficial" de fecha 6 de junio de 1978, se publicó el decreto 294/978, que fija los nuevos límites para las Secciones Policiales de Montevideo, padeciéndose el siguiente error imputable al taller impresor:

  En la Seccional 11.a, en la novena línea, donde dice: "... incluída...", debe decir: "...excluída...".

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  En el "Diario Oficial" de fecha 7 de junio de 1978, se publicó el decreto 290/978, que reitera el cumplimiento de disposiciones referentes al Acto de Jura de Fidelidad a la Bandera, padeciéndose el siguiente error imputable al taller impresor:

  En el artículo 2.o, inciso C), referencia a), en la tercera línea, donde dice: "...hasta el 1...", debe decir: "...hasta el día 15...".

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  En el "Diario Oficial" de fecha 7 de junio de 1978, se publicó el decreto 304/978, donde se modifican las medidas del diámetro del monofilamento de nylon y otros materiales que figuran en el Grupo A de la Sección Materias Primas de la Tarifa de Aduanas, padeciéndose el siguiente error imputable al taller impresor:

  En el artículo 1.o, inciso c), en la cuarta línea, donde dice: "...constructiva...", debe decir: "constitutiva"...".

  Quedan hechas las salvedades.


		
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