En el "Diario Oficial" de fecha 29 de diciembre de 1978, se publicó el
decreto 732/978, por el cual se fijan tasas y valores fictos para la
liquidación del Impuesto Específico al Consumo que grava bebidas,
cigarrillos y tabacos, padeciéndose los siguientes errores imputables.
En el numeral 4, donde dice: Amarga ...9.13...
Debe decir: Amarga ...19.19...
En el numeral 4, donde dice: Cocktail ...12.52...
Debe decir: Cocktail ...112.25...
En el numeral 7, donde dice: Demás Nacionales 211.
Debe decir: Demás Nacionales 2.11.
En el segundo numeral 4, donde dice: No esecificados.
Debe decir: especificados.
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En el "Diario Oficial" de fecha 5 de enero de 1979, se publicó una
resolución s/n., por la cual se aprueba la Acordada 6.449, dictada por la
Corte de Justicia, padeciéndose el siguiente error, imputable al taller
impresor.
En el Visto:, en la segunda línea, donde dice: ...con fecha 29 de
diciembre de 1978.
Debe decir: ...con fecha 20 de diciembre de 1978.
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En el "Diario Oficial" de fecha 15 de enero de 1979, se publicó el
decreto 734/978, que reglamenta la ley 14.670, que estableció normas
referentes a los Servicios de Radiodifusión, padeciéndose los siguientes
errores; imputables al taller impresor.
En el CAPITULO VII, en el segundo renglón, donde dice: (Dirección
General de Relaciones Públicas).
Debe decir: (Dirección Nacional de Relaciones Públicas).
En el artículo 32, en la undécima, línea donde dice: trasmisiones...
Debe decir: retrasmisiones...
Quedan hechas las salvedades.