En el "Diario Oficial" de fecha 12 de mayo de 1981, se publicó el decreto 195/981, por el cual se deroga una disposición relativa al pago del IMADUNI por las instituciones hípicas, deslizándose el siguiente error imputable al taller impresor.
En el considerando primera línea donde dice: "...ley 14.269...". Debe decir: "...14.629...".
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En el "Diario Oficial" de fecha 20 de mayo de 1981, se publicó el decreto 163/981, por el cual se aprueba la modificación presupuestal propuesta por la Intendencia Municipal de Treinta y Tres para el ejercicio 1979, padeciéndose los siguientes errores imputables al taller impresor.
En el artículo 1° apartado II) en la columna de Proyectado tercera línea donde dice: 900 1. Debe decir: "900.0".
En el Programa 1.03 Admin. de Hacienda en la columna de Previsto, decimocuarta línea, debe decir: "6.000.00" y en la decimoquinta línea, debe decir: "4.000.00".
En el Programa 1.02 en el título donde dice: DIR. AD. ADMINISTRATIVA. Debe decir: "DIR. ADMINISTRATIVA".
Se omitió el Cabezal de los Programas // texto ilegible en el original // 1.02 y 1.03 que debe decir: "Intendencia Municipal de Treinta y Tres" Cuadro General de Egresos por Programa Ejercicio.
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En el "Diario Oficial" de fecha 25 de mayo de 1981, se publicó el decreto 212/981 por el cual se reitera el cumplimiento de decreto 2.316/943, referente al Acto de Jura de Fidelidad a la Bandera, padeciéndose el siguiente error imputable al taller impresor.
En el artículo 4° cuarta línea donde dice: ARMANDO YAMANDU AGUIRRE. Debe decir: "ARMANDO CHIARINO AGUIRRE".
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En el "Diario Oficial" de fecha 25 de mayo de 1981, se publicó el decreto 215/981, que dispone la reserva minera de determinadas áreas sometidas a prospección en ejecución del Inventario Minero Nacional, padeciéndose el siguiente error imputable al taller impresor.
En el Resultando apartado II) cuarta línea donde dice: "...evacuación...". Debe decir: "...evaluación...".
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En el "Diario Oficial" de fecha 11 de junio de 1981, se publicó el decreto municipal 20.135, por el cual se sustituyen artículos a las Normas Generales para la Edificación, padeciéndose los siguientes errores imputables al taller impresor.
En el artículo 20 después del inciso d) donde dice: 1. Caso de conducto individual unido a colector común: Debe decir: "2. Caso de conducto individual unido a colector común:".
Quedan hechas las salvedades.