En el "Diario Oficial" de fecha 10 de junio de 1982, se publicó la Ley Fundamental Nº 2, por la cual se aprueba la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, padeciéndose los siguientes errores imputables al taller impresor:
En la séptima línea del artículo 5º donde dice "Propaganda" debe
decir: "Programa".
En la primera línea del literal d) del artículo 9º donde dice "especificado" debe decir: "especificando".
En la primera línea del literal b) del artículo 15 donde dice" "preemiencia" debe decir: "preeminencia".
En la tercera línea del inciso segundo del artículo 24 donde dice "tottal" debe decir: "total".
En la primera línea del segundo inciso del artículo 35 donde dice
"Cala lista" debe decir: "Cada lista".
La tercera línea del literal f) del artículo 43 debe quedar redactada de la siguiente forma: "mente por las autoridades deliberantes
respectivas que"
En la quinta línea del artículo 45 donde dice "componente" debe decir: "componentes".
En la tercera línea del segundo inciso del literal d) del artículo 52 donde dice "cuanl" debe decir: "cual".
En la primera línea del artículo 68 donde dice" Instiucional" debe decir: "Institucional".
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En el "Diario Oficial" de fecha 26 de junio de 1982, se publicó la ley 15.294, por la cual se introducen modificaciones al Código Tributario, deslizándose los siguientes errores.
En el artículo 13, literal G), segundo renglón, donde dice "Banarias" debe decir: "Bancarias".
En el artículo 23, cuarta línea, debe suprimirse la coma que aparece entre las palabras "interpuesta" y "persona".
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En el "Diario Oficial" de fecha 20 de julio de 1982, se publicó la ley 15.301, por la cual se suspenden los lanzamientos de los inscriptos en el Registro de Aspirantes a Viviendas de Emergencia hasta la entrega de las mismas, padeciéndose el siguiente error.
En el artículo segundo, séptima línea, donde dice: "esté" debe decir: "éste".
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En el "Diario Oficial" de fecha 2 de agosto de 1982, se publicó la resolución 361/982, de la Dirección General Impositiva, por la cual se extiende el plazo para presentar la declaración jurada y efectuar el pago a los contribuyentes del Impuesto Específico Interno, padeciéndose el siguiente error imputable al taller impresor:
En el numeral 1º, séptima línea donde dice: "...operaciones realizadas en el mes de junio de 1982. Debe decir: "...operaciones realizadas desde el mes de junio de 1982".
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En el "Diario Oficial" de fecha 2 de agosto de 1982, se publicaron los decretos 259/982, 260/982, 261/982, 262/982, 263/982 y 264/982, padeciéndose en todos ellos el siguiente error imputable al original.
En la fecha de los decretos donde dice: Montevideo, 28 de junio de 1982. Debe decir: Montevideo, 28 de julio de 1982.
- Quedan hechas las salvedades.