En el "Diario Oficial" de fecha 17 de agosto de 1982, se publicó la resolución de la Intendencia Municipal de Rocha, por la cual se modifican disposiciones de la resolución 570/979, por la que se establecieron zonas "non edificandi" en los Balnearios La Paloma y Costa Azul; padeciéndose el siguiente error imputable al original.
En el artículo 4º donde dice: Libéranse de la prohibición de edificación los padrones Nos. 801, 2141, 2142 y 2148 de la manzana Nº 65 siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
Debe decir: "Libéranse de la prohibición de edificación los padrones Nos. 801, 2141, 2142 y 2248 de la manzana Nº 65 siempre que cumplan las siguientes condiciones"
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En el "Diario Oficial" de fecha 13 de setiembre de 1982, se publicó la ley 15.319, por la cual se dispone que los Fondos Sociales de Vivienda tendrán derecho a hacer retener a las empresas, organismos públicos y privados un porcentaje del sueldo a sus integrantes por obligaciones contraídas con dichos Fondos, padeciéndose los siguientes errores imputables al taller impresor:
En el artículo 1º, séptima línea donde dice: "...dichos fondos..."
Debe decir: "...dichos Fondos...".
En el artículo 1º. 8ª línea donde dice: "...realicen los fondos..."
Debe decir: "...realicen los Fondos..."
En el artículo 2º, primera línea donde dice: "...al artículo..."
Debe decir: "...el artículo..."
Quedan hechas las salvedades.