Fecha de Publicación: 20/06/1983
Página: 1060-A
Carilla: 2

FE DE ERRATAS

   En el "Diario Oficial" de fecha 9 de junio de 1983, se publicó la resolución de la Intendencia Municipal de Tacuarembó por la que se 
aprueba la Ordenanza General de Veredas, padeciéndose los siguientes errores, imputables al original:

   En el artículo 2º, literal a), primera línea, donde dice:"...trece metros de acordamiento se...",
   Debe decir:"...trece metros de acordonamiento se...".
   En el artículo 3º, segunda línea, donde dice:"...como radio de acordamiento el..."
   Debe decir:"...como radio de acordonamiento el..." y en la cuarta línea, donde dice:"...centro del acordamiento...",
   Debe decir:"...centro del acordonamiento..."
   En el artículo 4º, segunda línea, donde dice:"...el acordamiento en la calle Juan Ortiz."
   Debe decir:"...el acordonamiento en la calle Juan Ortiz."
   En el artículo 11, tercera línea, donde dice:"...constar desde la expedición del permiso.",
   Debe decir:"...contar desde la expedición del permiso.".
   En el artículo 15, decimosexta línea, donde dice:"...gravilla.",
   Debe decir:"...gramilla.".
   Y en la vigésimo cuarta línea, donde dice:"...tepes de gravilla.",
   Debe decir:"...tepes de gramilla.".
   En el artículo 17, tercera línea, donde dice:"...gravilla vista o piedra...",
   Debe decir:"...gramilla vista o piedra...".
   En el artículo 19, cuarta línea, donde dice:"el acordamiento se efectuará...",
   Debe decir:"El acordonamiento se efectuará...".
   En el artículo 22, novena línea, donde dice:"...formando por una parte de cal grasa..."
   Debe decir:"...formado por una parte de cal grasa...".
   En el artículo 23, sexta línea, donde dice:"En hormigón a emplearse...",
   Debe decir:"El hormigón a emplearse...".

   Asimismo, se deslizaron los siguientes errores, imputables al taller impresor:

   En el artículo 19, tercera línea, donde dice:"...relativa a diez centímetros por metro."
   Debe decir:"...relativa de diez centímetros por metro."
   En el artículo 28, literal d), segunda línea, donde dice:"...sujeto a las normas fiscales y vigentes..."
   Debe decir:"...sujeto a las normas fiscales vigentes...";
   Y en el último párrafo, quinta línea, donde dice:"...y podrán usarse...",
   Debe decir:"...y podrá usarse...",
   Mientras que en la sexta línea, donde dice:"...la línea de edificación sobre el cordón...",
   Debe decir:"...la línea de edificación o sobre el cordón...".
   En el artículo 35, tercera línea, donde dice:"Derógase la Ordenanza sobre Curvatura de Cordones de veredas..."
   Debe decir:"...Derógase la Ordenanza sobre Curvatura de Cordones de Veredas...".

   En el "Diario Oficial" de fecha 13 de junio de 1983, se publicó el decreto 173/983, por el que se reordenan las normas que regulan la expedición de pasaportes diplomáticos, oficiales y los títulos de identidad y viaje, padeciéndose los siguientes errores, imputables al taller impresor:

   En el artículo 13, segunda línea, donde dice:"...del presente decreto caducará a los...",
   Debe decir:"... del presente decreto caducarán a los...".
   En el artículo 14, segunda línea, donde dice:"...registro de 
Pasaportes Diplomáticos...",
   Debe decir:"...Registro de Pasaportes Diplomáticos...".
   Asimismo, debido a una mala impresión, en los artículos 3º y 4º aparecen espacios en blanco, que deben leerse así:
   En el artículo 3º:"a) Miembros del Cuerpo Legislativo, en 
                         efectivo ejercicio de sus funciones.
                      b) Miembros de la Suprema Corte de Justicia."
   En el artículo 4º:"Tendrán derecho a la tenencia...".
   
   Quedan hechas las salvedades.


		
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