En el "Diario Oficial" de fecha 27 de enero de 1984, se publicó la ley 15.523, por la que se establece la relación laboral de los tripulantes de buques de Bandera Nacional, afectados a la pesca.
En dicha publicación se padeció el siguiente error imputable al taller impresor:
En el artículo 5°, línea cuarta donde dice: "...de los diez primeros días del mes siguiente al viaje o viajes..."
Queda hecha la salvedad.