En el Dirio Oficial de fecha 14 de diciembre de 1984, se publicó el decreto 520/984, por el cual se establece que los empleadores tienen la obligatoriedad de concurrir cuando sean citados en forma legal por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, padeciéndose los siguientes errores imputables al taller impresor.
En el considerando, apartado II) sexta línea donde dice:
"...General de Trabajo..."
Debe decir: "...General del trabajo..."
En el artículo 5°, novena línea donde dice:
"...en el dominio..."
Debe decir: "...en el domicilio..."
En el artículo 7°, sexta línea donde dice:
"...Humanos de Ministe-
Debe decir: "...Humanos del Minist-
En el artículo 9°, novena línea donde dice:
"...pertinente al decreto..."
Debe decir: "...pertinente el decreto..."
Quedan hechas las salvedades.