En el "Diario Oficial" de fecha 29 de abril de 1985, se publicó el decreto 152/985, por el cual se establecen medidas para el sector automotriz, deslizándose el siguiente error imputable al original.
En el artículo 18 donde dice:
b) Grado de desarme de corrocerías
Será establecido en el artículo 3° del presente decreto ..."
Debe decir:
b) Grado de desarme de carrocerías
Será establecido en el artículo 17 del presente decreto..."
Queda hecha la salvedad.