En el "Diario Oficial" de fecha 17 de noviembre de 1987, se publicó el decreto 606/987, por el cual se reglamentan las características y tolerancias de surtidores utilizadas para la venta de combustible, padeciéndose el siguiente error.
Donde dice: En el artículo 9° Tolerancias
9.1 - Tolerancias del indicador volumen
Volumen entregado Error máximo Error máximo
tolerable en tolerable en
verificación verificación
periódica, ml primitiva, ml.
Debe decir: Artículo 9°- Tolerancias
9.1 - Tolerancias del indicador volumen
Volumen entregado Error máximo Error máximo
tolerable en tolerable en
verificación verificación
primitiva, ml. periódica, ml.
Queda hecha la salvedad.