En el Diario Oficial Nº 26.418 de fecha 7 de enero de 2004, se publicó la
Ley 17.726 de fecha 26 de diciembre de 2003 del Ministerio del Interior,
por la cual se aplica en lo pertinente el artículo 71 del Código del
Proceso Penal y la Ley Nº 15.859 y su modificativa Ley Nº 16.058 en lo
referente a no disponer prisión preventiva del procesado cuando se
imputen faltas o delitos sancionados con pena de multa, suspensión o
inhabilitación deslizándose en la misma un error imputable al Diario
Oficial.
En el título:
Donde dice: "...en lo referente a disponer prisión preventiva del
procesado..."
Debe decir: "...en lo referente a no disponer prisión preventiva del
procesado..."
Queda hecha la salvedad.
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