En el Diario Oficial Nº 26.575 de fecha 27 de agosto de 2004, se publicó
el Decreto 302/004, de fecha 18 de Agosto de 2004 del Ministerio de
Economía y Finanzas, por el cual se adecua la tasa de devolución de
tributos para determinados ítems arancelarios, deslizándose el siguiente
error imputable al Original.
En la Página 392-A:
Donde dice:
"ARTICULO 1º.- La tasa de devolución de tributos a las exportaciones del
2.25% (dos con veinticinco por ciento) sobre el valor FOB de exportación
fijada para los ítems arancelarios 3921.90.20.00 y 3923.10.00.90 por el
Decreto Nº 523/001, de 31 de diciembre de 2001, se aplicará a los ítems
arancelarios 3921.90.29.00 y 3923.10.90.90, respectivamente."
Debe decir:
"ARTICULO 1º.- La tasa de devolución de tributos a las exportaciones del
2.25% (dos con veinticinco por ciento) sobre el valor FOB de exportación
fijada para los ítems arancelarios 3921.90.20.00 y 3923.10.00.90 por el
Decreto Nº 523/001, de 31 de diciembre de 2001, se aplicará a los ítems
arancelarios 3921.90.29.00 y 3923.10.90.90, respectivamente, y la tasa de
devolución de tributos del 3% (tres por ciento) sobre el valor FOB de
exportación fijada para el ítem 7212.50.00.00 por el mismo Decreto Nº
523/001, de 31 de diciembre de 2001, se aplicará a los ítems 7212.50.10.00
y 7212.50.90.00."
Queda hecha la salvedad.