CAPITULO I - INCISOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL INCISO 6 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Artículo 18
Créase el cargo de Director de Política Exterior del Ministerio de
Relaciones Exteriores, el que deberá ser provisto con un funcionario de
carrera perteneciente a los Escalafones Técnico Profesional (AaA) o del
Servicio Exterior (Bh) de dicho Ministerio.