CAPITULO I - INCISOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL INCISO 8 - MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA
Artículo 28
Derógase la limitación del 25% (veinticinco por ciento) establecida en
el artículo 210 de la ley 14.416 de 28 de agosto de 1975, sin que ello
implique un aumento de los créditos presupuestales.