CAPITULO I - INCISOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL INCISO 13 - MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Artículo 58
Autorízase al Poder Ejecutivo, previo informe de la Secretaría de
Planeamiento, Coordinación y Difusión y de la Contaduría General de la
Nación, a efectuar la reestructura presupuestal y racionalización
administrativa del Inciso 13, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a
efectos de proceder a la reorganización de sus servicios.
Habilítase una partida de N$ 20:000.000.00 (nuevos pesos veinte
millones) con ese destino.