Aprobado/a por: Ley Nº 20.175 de 21/07/2023 artículo 1.
   La Asamblea General del 21 de mayo de 2022,

   Considerando la decisión del 25 de octubre de 2021 relativa al traslado de la sede de la OIV a Dijon (Francia);

   Visto el artículo 3.6 del Acuerdo del 3 de abril de 2001, por el que se crea la OIV (en adelante, el "Acuerdo");

   Visto el procedimiento de enmienda previsto en el articulo 9.1 del Acuerdo;
   Aprueba por consenso el siguiente protocolo de enmienda:
                                Artículo 1

   El artículo 3.6 del Acuerdo se modifica del siguiente modo:
          "La sede de la Organización está en Dijon (Francia)".

                                Artículo 2

   El presente protocolo entrará en vigor el trigésimo día después del depósito del instrumento de aceptación, aprobación, ratificación o adhesión que complete los dos tercios más uno de los miembros de la Organización.

   El Gobierno de la República Francesa es el depositario del presente protocolo, cuyas tres versiones, en los idiomas francés, español e inglés, son del mismo tenor y dan igualmente fe.
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