En las reclamaciones administrativas y judiciales, relacionadas con esta ley, el obrero tendrá derecho a asistencia letrada que le proporcionará el Instituto Nacional del Trabajo y estará a cargo del Abogado de esta dependencia.
Los obreros y la "Unión de Mozos de Cordel" gozarán del beneficio de pobreza. Esta institución podrá representar, administrativa y judicialmente, a los obreros que así lo consientan, sean o no sus afiliados, en sus reclamaciones o gestiones, ante las autoridades en todo lo que tengan relación con esta ley sin perjuicio del derecho de representación del gremio, que también podrá ejercer ante las mismas autoridades y en esa materia.