Los Consejos que se crean por esta ley fijarán salarios de la industria y el comercio, teniendo especialmente en cuenta para aumentarlos, los siguientes elementos:
I) Las condiciones económicas del lugar o del país.
II) El poder adquisitivo de la moneda.
III) La capacidad o calificación del trabajador.
IV) La peligrosidad, para su salud, de la explotación industrial o
comercial.
V) El rendimiento de la empresa o grupo de empresas.