Fecha de Publicación: 27/12/1943
Página: 442-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Artículo 4

   En los casos de trabajo a realizarse fuera de la Capital del Departamento, las Comisiones de Trabajo podrán delegar sus funciones en Subcomisiones locales, integradas por siete miembros designados por representación proporcional. Estas Subcomisiones constituirán su Mesa en la forma indicada en el artículo anterior.
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