MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
Artículo 6
La Comisión no podrá designar empleados de ninguna clase y sólo contratar servicios. Las personas que envíe a los Archivos nacionales y
extranjeros serán remuneradas únicamente mientras dure el tiempo de sus
funciones, y en caso de ser funcionarios, durante ese mismo tiempo tendrán
licencia con goce de sueldo. Las designaciones para el exterior deberán
ser ratificadas, por lo menos, anualmente.