Fecha de Publicación: 18/12/1944
Página: 432-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO

Ley

Se crea la Caja de Compensaciones por Desocupación en la industria frigorífica, dándose las normas para su organización y funcionamiento.

Poder Legislativo. 

   El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del 
Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                             DECRETAN:

Artículo 1

   Créase la Caja de Compensaciones por Desocupación en la industria frigorífica, que afiliará al personal obrero de los Frigoríficos Nacional, 
Swift, Artigas y Anglo, así como al de todo establecimiento que en lo futuro desarrolle el mismo género de actividades.

AMEZAGA.- JAVIER MENDIVIL.- HECTOR ALVAREZ CINA.
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