Cuando se haya llamado a licitación pública hasta por segunda vez y se hubiesen rechazado todas las propuestas presentadas, o declarado desierta
la licitación respectiva, se podrá efectuar una tercera convocatoria a
licitación restringida, con la concurrencia de cinco proponentes por lo
menos.
En el caso de desestimarse las propuestas presentadas en este tercer
llamado, el Ministerio de Obras Públicas, por sus oficinas respectivas, podrá proceder a la ejecución de las obras por el sistema de Administración.