Fecha de Publicación: 30/12/1944
Página: 501-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 26

   En la explotación de minas, canteras u otras industrias que impliquen un agotamiento de la fuente de ganancias, se admitirá una amortización del precio de costo, proporcional a dicho agotamiento.
Ayuda