Fecha de Publicación: 02/03/1945
Página: 333-A
Carilla: 1

PODER EJECUTIVO

Artículo 15

   La Contaduría General de la Nación al publicar el presente Presupuesto, ordenará los cargos contenidos en cada planilla atendiendo la jerarquía y sueldo de los mismos, pero sin alterar las denominaciones establecidas.
   Asimismo, deberá agrupar, en cada planilla y en un mismo renglón, todos 
los cargos, que, con igual categoría y grado, tengan idénticas denominaciones y sueldos, y siempre que pertenezcan, dentro del Item, a la misma dependencia.
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