Fecha de Publicación: 28/01/1946
Página: 157-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE GANADERIA Y AGRICULTURA

Artículo 14

   La Conaprole podrá librar al consumo tipos especiales de leche de
calidad superior (certificada-pasteurizada) a precios que serán fijados 
por el Directorio de dicho organismo.
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