Cada propietario usará de su departamento o piso, en forma ordenada.
No podrá, por ejemplo:
A) Hacerlos servir a otros objetos que los convenidos en los reglamentos
de copropiedad y en falta de estos, a aquellos a que el edificio está
destinado;
B) Ejecutar acto alguno que perturbe la tranquilidad de los demás
propietarios, o que comprometa la seguridad, solidez o salubridad
del edificio;
C) Establecer taller, fábrica, comercio o industrias, si el edificio
se destina a habitación;
D) Emplear su departamento o piso en objetos contrarios a la moral o
buenas costumbres, ni almacenar materias que puedan dañar el edificio;
E) Arrendarlo a personas de notoria mala conducta.
Iguales prohibiciones regirán respecto del arrendatario y demás
personas a quienes el propietario conceda el uso o goce de su
departamento o piso.