MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
Los nombramientos de Actuario recaerán en funcionarios públicos dependientes del Estado, Municipios, Entes Autónomos y Servicios Descentralizados. Estos cargos son irrenunciables sin causa justificada. Las excusaciones se presentarán ante la Junta Electoral respectiva, que resolverá sin apelación.Ayuda