Fecha de Publicación: 09/10/1946
Página: 61-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 51

   La inscripción deberá contener:

A)La de los contratos de arrendamientos: fecha y lugar del otorgamiento, 
  nombre, apellido y domicilio de las partes contratantes, plazo del 
  contrato, ubicación precisa del inmueble con expresa indicación del 
  departamento, número de padrón, área arrendada y linderos. Cuando se 
  trate de fincas urbanas, no será indispensable establecer estas dos 
  últimas circunstancias, bastando determinar con exactitud su ubicación.
B)La de los contratos de anticresis y prohibiciones de arrendar y dar en 
  anticresis: fecha y lugar del otorgamiento del contrato, nombre del 
  escribano autorizante, nombre, apellido y domicilio de las partes  
  contratantes, ubicación del inmueble, con expresión del departamento, 
  área y linderos; la obligación a que acceden y la forma estipulada para 
  la extinción.
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