MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
Los vendedores de diarios y revistas deberán afiliarse, denunciar servicios anteriores dentro del año siguiente a la promulgación de esta ley. El Poder Ejecutivo podrá extender este plazo hasta un año más, si así lo creyere necesario y previo informe del Instituto de Jubilaciones y Pensiones del Uruguay.Ayuda