Cométese al Instituto Nacional de Colonización la aplicación de la ley
de 16 de octubre de 1944, relativa a los inmuebles rurales en los cuales
se encuentren rancheríos o núcleos de población y cuyos ocupantes lo sean
a títulos precario. A este respecto investigará las características
individuales y sociales de la población de esos rancheríos y sus posibilidades de mejoramiento, en relación con la actividad agraria, como
asimismo las condiciones de vida y trabajo de la población campesina en general, especialmente en cuanto tenga que ver con las finalidades de
esta ley.