PODER EJECUTIVO
El Directorio del Instituto podrá convenir con el Banco Hipotecario la utilización de los servicios de este último organismo, ya sea en carácter transitorio o permanente, así como el destino del fondo de previsión para empleados, la situación de los actuales deudores y cualquier otra cuestión relativa a la transferencia de la Sección Fomento Rural y Colonización.Ayuda